Sabemos que cuando se trata del sector doméstico, hay mucho desconocimiento y esto puede generar algunas inquietudes que a veces suelen convertirse en mitos y malas prácticas. Cómo el departamento de recursos humanos de tu hogar queremos mantenerte informado sobre todo lo relacionado a la gestión de empleados del hogar.

En esta ocasión hablaremos de la contratación de empleadas que ya están o se encuentran en proceso de recibir su pensión, puesto que se piensa que estas empleadas no se pueden contratar y mucho menos formalizar, generando uno de los mitos más grandes para el sector. Dicho esto, resolvamos la pregunta más frecuente:

 ¿Se puede contratar formalmente a una empleada doméstica que ya está pensionada?

La respuesta es SÍ,  se puede contratar a una trabajadora que ya cuente con pensión, pues según la ley:

“Un trabajador puede seguir trabajando una vez que cumpla los requisitos para pensionarse, y también puede seguir trabajando luego de estar pensionado.”

Esta condición también aplica para otros trabajadores domésticos como: 

  • Niñera
  • Cuidador de adulto mayor
  • Mayordomo de finca
  • Chóferes
  • Jardineros

¿El contrato de trabajo debe tener alguna especificación?

No, no es necesario hacer ningún trato especial, el contrato debe tener las mismas condiciones de trabajo, horario, salario  y funciones a desempeñar, igual a cualquier otro contrato laboral.

Ten en cuenta que para empleadas domésticas o cualquier trabajador del hogar, los tipos de contratos son:

  • Contrato a término indefinido
  • Contrato a término fijo

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¿Cuáles son las prestaciones de trabajo que debo pagar a mi empleada doméstica pensionada?

En cuanto a este tema, no cambia nada, como empleador debes cumplir con el pago de prestaciones sociales  como:

  • Primas (junio y diciembre)
  • Cesantías (14 de febrero)
  • Intereses de cesantías (31 de enero)
  • Dotaciones (abril, agosto y diciembre)

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¿A qué entidades de seguridad social debo afiliar a mi trabajadora del hogar?

Esta es la pregunta que más confusión causa para los empleadores, ya que para este caso el único cambio que hay, es que ya no tendrás que pagar la pensión, puesto que ella ya recibe este concepto. 

Quiere decir que solo debes realizar la afiliación en: 

  • EPS
  • ARL
  • Caja de compensación familiar

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Esperamos haberte ayudado a aclarar todas tus dudas acerca de ¿Cómo afiliar a una empleada doméstica que ya está pensionada? Recuerda que podemos realizar una asesoría personalizada gratuita  para contratar con todo lo de ley a tu empleada doméstica puedes ingresar a Symplifica y hablar con uno de nuestros expertos en contratación y nómina para empleados del hogar desde el chat.