Contrato verbal
Muchos empleadores caen en el error de tener un contrato verbal con sus empleadas domésticas y otros trabajadores del hogar, sin tener en cuenta que este igual constituye una relación laboral que los deja expuestos al no tener unas reglas claras. Aquí te contamos más.
¿Cuándo se habla de un contrato verbal?
Se entiende por contrato verbal un acuerdo de palabra entre el empleador y el trabajador sobre aspectos como salario, funciones, horarios y duración del contrato.
¿Contrato verbal es válido?
Te dejamos el artículo que lo dice:
«Así, la falta de una estipulación escrita sobre el término fijo, hace que el contrato laboral se entienda celebrado a tiempo indefinido (art. 45 CST); »
La desventaja de este contrato es que NO tiene el mismo nivel probatorio del escrito, lo que en ocasiones puede generar complicaciones legales, pues es la palabra del trabajador contra la del empleador lo que se deberá probar en caso de un pleito legal.
NOTA: Recuerda que los trabajadores del hogar NO pueden ser contratados por prestación de servicios, ya que estos son contratos civiles. Esto implica que, durante el trabajo, el trabajador tiene plena libertad en cómo llevar a cabo sus actividades, sin recibir órdenes permanentes ni estar sujeto a un horario fijo. A diferencia de los contratos laborales, en los que se establece una relación laboral con tres condiciones esenciales según la ley: remuneración, subordinación y prestación del servicio de manera personal.
¿Es posible convertir un contrato verbal a escrito?
Sería lo ideal, pero ¡OJO! no puede cambiar a término fijo, solo será válido si el cambio es a término indefinido, esto debido a que las condiciones laborales del trabajador no pueden desmejorar.
¿El periodo de prueba es válido en el contrato verbal?
En el contrato verbal para trabajadores del hogar o empleadas domésticas, no existe periodo de prueba. Este solo aplica a contratos laborales escritos y firmados por ambas partes (trabajador y empleador), según el artículo 77 del Código Sustantivo del Trabajo.
«El período de prueba debe ser estipulado por escrito y en caso contrario los servicios se entienden regulados por las normas generales del contrato de trabajo.»
Si se llegara a pactar un periodo de prueba durante el contrato verbal, y el empleador despide a su trabajador, se entiende que la persona ha sido despedida sin justa causa, y deberá indemnizar como si tuviera un contrato a término indefinido.
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¿Qué pasa si durante años no he pagado los aportes a seguridad social y prestaciones sociales?
Si despedí a mi empleado, con el que tenía un contrato verbal, ¿tiene derecho a indemnización?
Deberás pagar la liquidación en donde se incluyen todas las prestaciones sociales que no se cancelaron durante la relación laboral, como primas, cesantías, intereses de cesantías, vacaciones, así como los pagos de aportes sociales. Si es el caso, también el pago de salarios.
¿Tienes un caso similar?, nuestra recomendación es finalizar bien esta relación con la ayuda de un abogado laboral, conoce este servicio de Symplifica.
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Recuerda que de no realizar estos pagos y omitir las condiciones pactadas, el trabajador podrá dirigirse al ministerio de trabajo; si esto pasa, será un juez quien tome la decisión de qué pagos que se deben realizar y si habrá multas o penalizaciones.
Desde Symplifica siempre recomendamos que al contratar a un trabajador del hogar se tenga en cuenta lo siguiente:
- Vincularlos siempre con un contrato escrito y firmado por ambas partes.
- Definir si la alimentación será dada por el empleador como extra o pago en especie.Conoce más en: Descansos y alimentación para empleadas domésticas durante la jornada laboral
- Realiza la afiliación a seguridad social. Para empleados por días es posible ahorrarse el pago de salud siempre y cuando cuenten con SISBEN o estén como beneficiarios en alguna EPS
- Haz los pagos de aportes y seguridad social en las fechas estipuladas por la ley.
- Al pagar el salario, ten siempre un soporte firmado por ti y por el trabajador, para tener mayor calidad de los pagos realizados.
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