¿La trabajadora de tu empresa u hogar está embarazada? Como empleador tienes obligaciones legales que debes cumplir para proteger sus derechos y evitar sanciones. En Symplifica te explicamos de forma clara qué dice la ley en Colombia sobre la licencia de maternidad, los aportes, los controles médicos y la estabilidad laboral.

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¿Cuánto dura la licencia de maternidad en Colombia?

Actualmente, la licencia de maternidad es de 18 semanas pagas. Si el parto es múltiple, se extiende a 20 semanas. La licencia debe empezar máximo dos semanas antes de la fecha estimada de parto, salvo que el médico indique lo contrario.

¿Quién paga la licencia de maternidad?

  • Tú como empleador pagas el salario completo desde el primer día de la licencia.
  • Luego, puedes pedir el reembolso a la EPS, siempre que:
    • Tu trabajadora haya estado afiliada los últimos 9 meses antes del parto.
    • Radique el certificado médico con fecha de parto.
    • Presentes los documentos en los primeros 30 días de iniciada la licencia.

Para empleadas por días o con afiliación subsidiada (Sisbén), no aplica reembolso, ya que el Estado asume ese gasto.

¿Puedo despedir a una empleada embarazada?

No. Está prohibido.
Existe una protección laboral reforzada: no puedes terminar su contrato durante el embarazo o licencia, a menos que tengas autorización del Ministerio de Trabajo. Si lo haces sin ese permiso, puede considerarse despido injustificado y discriminatorio.

Además, si el contrato finaliza durante la licencia, debe renovarse automáticamente hasta que esta termine.

¿Y si necesita ir a controles médicos?

Tu empleada tiene derecho a salir a controles prenatales sin perder salario. Solo debe presentar el soporte médico.
Si tiene una incapacidad médica durante el embarazo, se paga como cualquier otra, aparte de la licencia de maternidad.

Licencia de paternidad: ¿cuántos días?

Si el padre del bebé está afiliado como cotizante, tiene derecho a una licencia de paternidad de 2 semanas, pagada por la EPS.
Debe presentar el registro civil del bebé en los primeros 30 días después del nacimiento.

La reforma laboral en curso busca ampliar esta licencia, pero aún no está vigente.

¿Y qué pasa con la lactancia?

  • 2 pausas de 30 minutos al día durante los primeros 6 meses del bebé para lactancia.
  • Luego, 1 pausa diaria de 30 minutos hasta que el bebé cumpla 2 años (si se mantiene lactancia adecuada).

 ¿Cómo garantizar que estás cumpliendo con la ley?

  • Formaliza el contrato laboral.
  • Afíliala y paga seguridad social mensualmente.
  •  Lleva control de licencias e incapacidades.
  • Solicita el reembolso a tiempo.

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