Uno de los temas que más dudas genera en los empleadores es si sus trabajadores tienen derecho a faltar por citas médicas y si ese tiempo se debe pagar.
Con la Reforma Laboral 2025 (Ley 2466 de 2025) el panorama cambió y ahora es clave que sepas qué permisos si debes otorgar y cómo gestionarlos para evitar conflictos o sanciones.
¿Qué dice la Reforma Laboral sobre permisos médicos?
El artículo 15 de la Ley 2466 de 2025 modificó el Código Sustantivo del Trabajo (artículo 57), estableciendo que el empleador está obligado a conceder licencias remuneradas en estos casos:
- Citas médicas de urgencia.
- Citas médicas programadas con especialistas, siempre que el trabajador informe con un certificado previo.
- Casos relacionados con el diagnóstico y tratamiento de la endometriosis, de acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Salud (Ley 2338 de 2023).
En pocas palabras: si la cita es de urgencia o con un especialista, debes dar permiso y pagarlo.
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¿Qué citas no están cubiertas de manera expresa?
La ley no menciona explícitamente las citas con médicos generales, controles rutinarios o exámenes básicos. Tampoco cubre de forma automática las citas médicas de familiares, salvo cuando se trate de una grave calamidad doméstica.
En estos casos, lo ideal es que el empleador y el trabajador lleguen a un acuerdo y lo incluyan en el contrato o en el reglamento interno de trabajo.
¿Cuánto tiempo debe durar el permiso?
La norma no fija un número exacto de horas.
El permiso debe ser el tiempo razonable para asistir a la cita y desplazarse. Por eso, es importante que el trabajador presente su certificado y que ambos acuerden cómo organizar la jornada para no afectar el cumplimiento de las funciones.
Ejemplo 1: Tu trabajador entra a las 8:00 a.m. y sale a las 4:00 p.m.. Si tiene una cita médica a las 4:00 p.m., dependiendo de la distancia, puedes dejarlo salir a las 3:00 p.m. para que llegue a tiempo. Como la cita coincide con el final de la jornada, no tendrá que regresar al trabajo.
Ejemplo 2: Si la cita es a las 12:00 del mediodía, puedes darle de 2 a 3 horas (según el desplazamiento). Así, saldría del trabajo a las 10:30 a.m., asistiría a su cita y regresaría a la 1:30 p.m. para continuar con su jornada hasta las 4:00 p.m.
Recomendaciones para empleadores
- Reconoce los permisos obligatorios: urgencias y especialistas.
- Mantén el pago del salario durante ese tiempo.
- Solicita soporte: certificados médicos previos o constancias de atención.
- Regula en el contrato o reglamento cómo se piden estos permisos (anticipación, documentos, tiempos).
- Evita sanciones o demandas: negar un permiso médico puede considerarse incumplimiento de la ley.

¿Cómo simplificar este proceso?
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